Las refinerías que importen petróleo para su procesamiento podrán comercializar los productos derivados a precios de mercado a distribuidores mayoristas, grandes consumidores y surtidores, según el decreto 5701.
El Gobierno autorizó, de manera excepcional, a las refinerías a importar petróleo para procesarlo y comercializar directamente los combustibles resultantes en el mercado interno y sin subvención.
Entre las consideraciones de la nueva normativa, ya publicada en la Gaceta Oficial del Estado, se establece “el propósito de incrementar la producción nacional de combustibles, maximizar la utilización de la capacidad de procesamiento de las refinerías, garantizar la operatividad de los sistemas de transporte por ductos y reducir los costos asociados a la importación de combustibles”.
Esto permite que las refinerías que compren petróleo del exterior vendan los productos derivados a precios de mercado a distribuidores mayoristas, grandes consumidores, clientes directos, estaciones de servicio y otros canales de distribución y comercialización, habilitando así una vía adicional para abastecer el mercado interno.
La autorización tampoco será automática, ya que el Ministerio de Hidrocarburos deberá establecer mediante resolución ministerial los requisitos y procedimientos para que las refinerías obtengan la autorización de importación ante el ente regulador.
Asimismo, la norma determina que la importación de petróleo y posterior comercialización de sus derivados “no están sujetas a subvención”, por lo que serán vendidos por las refinerías a precios de mercado.
El decreto contempla además la posibilidad de mezclar los productos derivados del petróleo importado con aditivos de origen vegetal (tomar nota los productores de etanol), sean de origen nacional o importado y, en caso de haber mezcla, debe ajustarse a las condiciones establecidas en la normativa vigente.







