BCB NO AUTORIZA LA VENTA DE RESERVAS DE ORO BAJO EL MÍNIMO LEGAL

Nov 7, 2024

El Banco Central de Bolivia (BCB) ha emitido un comunicado rechazando “versiones tendenciosas y descontextualizadas” sobre la Resolución de Directorio N° 148/2024, las cuales, asegura, han sido replicadas por algunos medios de comunicación.

Según estos comentarios, la resolución habría autorizado la venta de las reservas de oro del país por debajo del límite de 22 toneladas que exige la ley, afirmación que el BCB desmiente categóricamente.

El Banco Central precisó que la Ley N° 1503, conocida como «De Compra de Oro destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales», promulgada el 5 de mayo de 2023, establece en su artículo 9, parágrafo II, que el BCB debe mantener un mínimo de 22 toneladas de reservas de oro, el cual debe ser computado semestralmente.

La reciente Resolución de Directorio N° 148/2024 tiene el único propósito de precisar las fechas en que el BCB debe cumplir y reportar este requisito, aclaró la entidad.

La fecha de cómputo definida en la resolución, correspondiente a los periodos del 5 de mayo al 5 de noviembre de cada gestión, responde exclusivamente a los requisitos establecidos por la Ley N° 1503, indicó el BCB, reiterando que en ningún momento se ha autorizado la venta de reservas de oro por debajo de las 22 toneladas.

Este pronunciamiento busca corregir las “interpretaciones erróneas” y asegura que el BCB cumple con los estándares establecidos para preservar la solidez de las reservas internacionales, conforme a la normativa vigente y con el fin de proteger la economía nacional.