DESINFORMACIÓN FINANCIERA: ¿UN DELITO?

Ago 16, 2025

 María Ximena Rodríguez Calderón

Los delitos financieros son actividades ilícitas que afectan el sistema financiero de un país. Estos delitos no solo afectan a las víctimas directas, como individuos y empresas que sufren pérdidas económicas, sino que también generan consecuencias en la economía y la estabilidad financiera de un país.

Se entiende por difusión de información financiera falsa cualquier declaración engañosa o incorrecta que pueda inducir a error a los consumidores financieros respecto a la situación financiera, operativa o reputacional de una entidad financiera. Se considera un delito financiero porque distorsiona la realidad económica y engaña al consumidor financiero, lo que puede llevar a la toma de decisiones financieras erróneas y a una manipulación desacertada del mercado financiero.

Este tipo de delito no solo afecta la confianza en las instituciones financieras, sino que también puede provocar desestabilizar la economía en general. En este contexto, la difusión de información falsa en redes sociales se convierte en un fenómeno aún más preocupante, ya que estas plataformas actúan como amplificadoras de rumores y desinformación. La velocidad y el alcance con los que se propaga la información en línea permiten que afirmaciones erróneas se viralicen rápidamente, generando pánicos y malentendidos en la opinión pública.

Históricamente, diversas corridas bancarias han sido desencadenadas por rumores infundados. Uno de los ejemplos más significativos fue el ocurrido en 1930 con el Bank of United States, que se basó en un rumor y desembocó en el cierre e intervención de ese banco en Estados Unidos. La crisis financiera en ese país alcanzó su punto más alto en 1933. El pánico fue originado por intensos rumores de que, con la nueva administración del presidente Roosevelt (hubo elecciones ese año), se retornaría al patrón oro. En respuesta, el nuevo gobierno impuso feriados bancarios como una primera medida para aplacar el pánico generado por los rumores (Cabrera, s. f.).

Otro ejemplo que se puede citar es el ocurrido en 2019 en el Metro Bank en el Reino Unido -Inglaterra, Escocia, Gales, Irlanda del Norte-, que enfrentó una situación crítica cuando un rumor infundado de bancarrota se propagó a través de WhatsApp, provocando una corrida bancaria. Alarmados por la falsa información, los clientes retiraron masivamente dinero de sus cuentas y exigieron la devolución de sus objetos de valor depositados en cajas de seguridad (Edwards, 2019). Esta situación tuvo un impacto inmediato en el precio de las acciones de Metro Bank, que cayó significativamente. La entidad bancaria desmintió rápidamente el rumor a través de sus redes sociales, asegurando a los clientes que su dinero estaba seguro y que no había razón para entrar en pánico.

En nuestro país, el Artículo 363 quater del Código Penal, incorporado en el Artículo 491 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros (LSF), tipifica como delito la difusión de información financiera falsa. El inciso f) de ese artículo establece textualmente: “la persona que por cualquier medio difunda o encomiende difundir información falsa acerca del sistema financiero boliviano o de sus entidades, que induzca o provoque el retiro masivo de depósitos de una o varias entidades de intermediación financiera, incite o induzca a los clientes a no cumplir con los compromisos financieros adquiridos, dañando o deteriorando la imagen y estabilidad de una entidad de intermediación financiera o del sistema financiero nacional”. Además, la LSF señala la pena de 5 a 10 años de cárcel y una multa de 100 a 500 días.

Los delitos financieros suelen beneficiar a un pequeño grupo de personas a expensas de la mayoría. El retiro masivo de depósitos provocado por la difusión de información financiera falsa no solo puede desestabilizar entidades financieras solventes, sino que también puede generar un efecto dominó que amenaza la estabilidad del sistema financiero nacional. En este contexto, la LSF faculta a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero a actuar de oficio y le otorga legitimidad para efectuar denuncias ante la autoridad competente, para evitar que los consumidores caigan en engaños por información alarmista y/o falsa, acción orientada fundamentalmente a proteger los ahorros de los ciudadanos.

REFERENCIAS

Cabrera, M. A. A. (s. f.). “LA POLÍTICA MONETARIA EN LA CRISIS DE 1929-1933: LA TESIS FRIEDMAN-JACOBSON”.

Edwards. (2019). BUSINESS INSIDER. https://www.businessinsider.com/whatsapp-rumour-started-run-on-metro-bank-2019-5