EL GOLPE QUE NUNCA FUE

Jul 24, 2026

MSc. Víctor Hugo Nájera Abogado
Analista en temas de institucionalidad judicial.

Hay una figura retórica que se repite cada vez que alguien pierde una votación interna: llamarla «golpe de Estado». La última vez que la escuchamos fue de boca del vocal Rafael Saavedra, en una entrevista televisiva donde, entre acusaciones de «organización criminal» y «consorcio delincuencial», terminó admitiendo, sin darse cuenta, la debilidad de su propio relato.


Vayamos a los hechos, no al libreto.
Saavedra perdió la confianza de la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia del Beni. Eso es lo que ocurrió. A partir de ahí construyó una narrativa de conspiración que involucra, sin pruebas notariales de por medio, a Gonzalo Hurtado Zamorano, a Patricia Quintero y a Haider Echalar, a quienes acusa de operar un «esquema» que se extendería —según él, sin más sustento que su palabra— hasta Pando, Tarija y Cochabamba.
Es una acusación grave. Y las acusaciones graves requieren algo más que la palabra de quien las hace en un plató de televisión un viernes por la noche.
La contradicción que se contradice
Lo más revelador de la entrevista no es lo que Saavedra denuncia, sino lo que él mismo, sin proponérselo, deja al descubierto. Sostiene que la resolución que le retira la confianza «no existe» porque no está prevista en la Ley 025. Pero acto seguido afirma que él «sigue siendo presidente» porque esa misma resolución no lo destituyó formalmente. No se puede tener las dos cosas: una resolución no puede ser, al mismo tiempo, jurídicamente inexistente y parcialmente vigente. Cuando un discurso necesita esa clase de malabares para sostenerse, generalmente no es la solidez del argumento la que sorprende, sino la necesidad de forzarlo.
Acusar no es probar
Un acta recabada en secretaría, una resolución de juramento y una serie de fechas y horarios no constituyen, por sí solos, prueba de una asociación delictiva. Son, cuando mucho, indicios de una disputa de competencias internas —el tipo de conflicto que el Consejo de la Magistratura y el Tribunal Constitucional Plurinacional existen precisamente para resolver. Trasladar ese debate a la televisión, con nombres propios y calificativos penales, no es transparencia: es litigio mediático, y el litigio mediático no reemplaza al debido proceso.
Preguntas que Saavedra no responde
Quien hoy denuncia «amparos exprés» como prueba de corrupción ajena, debería someterse al mismo estándar de rigor sobre su propia actuación. ¿Cuáles fueron, en verdad, los motivos que llevaron a la Sala Plena a retirarle la confianza? Esa parte de la historia no aparece en su relato.
Y hay otra pregunta pendiente, quizás más incómoda para él: ¿sostuvo en el pasado una valoración distinta —incluso elogiosa— sobre la gestión de Haider Echalar Justiniano? Si es así, el cambio merece una explicación pública, no un silencio cómodo. Las posiciones que cambian de un día para otro, sin que medie ningún hecho nuevo que las justifique, dicen tanto del fondo de una denuncia como las pruebas que la acompañan.
Lo que corresponde
El Beni no necesita más entrevistas con acusaciones sin sustento; necesita que las instancias competentes —el Consejo de la Magistratura, el Tribunal Constitucional Plurinacional— hagan su trabajo con las garantías del debido proceso, para todas las partes. Mientras eso no ocurra, atribuir delitos graves a magistrados en ejercicio desde un estudio de televisión no fortalece la institucionalidad judicial: la debilita un poco más.

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