GOBIERNO PEDIRÁ A LA ASAMBLEA OTROS 90 DÍAS DE ESTADO DE EXCEPCIÓN

Sep 14, 2026

El Ejecutivo anunció una nueva solicitud para prolongar la medida excepcional, mientras una comisión de Diputados trabaja en una propuesta que deberá ser tratada por el Legislativo.

El Gobierno de Rodrigo Paz enviará a la Asamblea Legislativa Plurinacional una solicitud para ampliar por otros 90 días el estado de excepción vigente en Bolivia, confirmó el ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo.
La autoridad informó que el Ejecutivo prepara un nuevo decreto para formalizar el pedido y señaló que la Asamblea también analiza una iniciativa destinada a prolongar la medida. La definición dependerá del procedimiento que adopte el Legislativo para tratar ambas propuestas.
“Nosotros vamos a presentar un decreto nuevamente para la ampliación del decreto del Estado de Excepción”, afirmó Oviedo.
La medida fue declarada inicialmente por 90 días mediante el Decreto Supremo 5636, emitido el 20 de junio. Su eventual extensión requiere un nuevo trámite institucional y no puede producirse únicamente por determinación del Ejecutivo.
LA PRÓRROGA DEBE PASAR POR LA ASAMBLEA
La Ley 1740 de Regulación de los Estados de Excepción establece que la vigencia inicial puede alcanzar hasta 90 días y permite una ampliación excepcional por otro periodo de hasta 90 días, previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La norma establece además que la prolongación debe guardar relación con las circunstancias que originaron la declaratoria y cumplir los principios de necesidad, proporcionalidad y temporalidad.
Por ello, el anuncio del Gobierno constituye el inicio de una nueva solicitud y no una extensión automática del estado de excepción. La Asamblea tendrá que evaluar el pedido y determinar si corresponde autorizar otros tres meses de vigencia.
Oviedo indicó que la Comisión de Constitución y Justicia Plural de Diputados también habría planteado una propuesta para ampliar la medida. “Creo que hay un gran consenso ciudadano y también hay un gran consenso en la misma Asamblea Legislativa para que esto se produzca”, sostuvo el ministro.
LA CONSTITUCIÓN FIJA LÍMITES
La Constitución Política del Estado establece que los estados de excepción están sujetos a condiciones y controles institucionales. El artículo 137 permite su declaración ante situaciones como conmoción interna, mientras que el artículo 138 establece que durante su vigencia deben mantenerse las garantías constitucionales.
El artículo 139 determina además la obligación del Ejecutivo de informar a la Asamblea Legislativa sobre las causas que motivaron la declaratoria y las medidas adoptadas.
Con estos antecedentes, la solicitud anunciada por el Gobierno deberá ser presentada formalmente ante el Legislativo, donde se definirá su tratamiento. La eventual aprobación permitirá extender el estado de excepción por otros 90 días; si no existe autorización legislativa, el Ejecutivo no podrá mantener la medida mediante un nuevo decreto por decisión unilateral.

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