Tras derogar norma cuestionada, el Ejecutivo promulga nuevas disposiciones extraordinarias para garantizar combustibles, estabilizar mercados y sostener la producción, en respuesta a escasez de dólares y tensiones energéticas actuales nacionales
El Gobierno nacional volvió a ratificar su determinación de gobernar mediante decretos supremos para responder a la crisis económica y energética que afecta al país. La postura fue confirmada luego de la promulgación del Decreto Supremo 5517, aprobado por el presidente Rodrigo Paz Pereira junto a su gabinete ministerial, según consta en la Gaceta Oficial del Estado, documento público que respalda legalmente la medida.
La nueva norma surge después de la abrogación del Decreto Supremo 5503, cuestionado por distintos sectores sociales y jurídicos. El Ministerio de Justicia informó oficialmente que la anterior disposición fue retirada tras observaciones sobre posibles vulneraciones constitucionales, razón por la cual se decidió emitir un nuevo decreto ajustado a la normativa vigente.
El DS 5517 declara “Emergencia Energética y Social” en todo el territorio nacional por el periodo de un año. De acuerdo con el texto legal, el objetivo principal es garantizar el abastecimiento continuo de combustibles, asegurar el funcionamiento del sistema energético y reactivar la producción nacional, en un contexto marcado por la escasez de divisas y el incremento de costos de importación.
Durante una conferencia de prensa en Casa Grande del Pueblo, el ministro de Hidrocarburos y Energías explicó que la medida responde a datos técnicos proporcionados por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), los cuales evidencian dificultades en la importación regular de diésel y gasolina. “Tenemos cifras que muestran retrasos y caídas en el volumen de combustibles ingresados al país. No podíamos quedarnos de brazos cruzados”, señaló la autoridad.
Entre las disposiciones centrales, el decreto autoriza a empresas privadas y personas naturales a importar y comercializar derivados del petróleo a precio de importación o pre-terminal. Para ello, deberán contar con infraestructura propia o alquilada de almacenamiento, cumpliendo el principio de acceso libre y no discriminatorio a las instalaciones del sector, tal como lo establece el artículo 6 de la norma.
Otra decisión clave es la suspensión temporal del diésel como sustancia controlada. Según el Viceministerio de Defensa Social, esta medida elimina por un año la exigencia de autorización previa ante la Dirección General de Sustancias Controladas, permitiendo un ingreso más ágil del combustible. El objetivo es asegurar el suministro para el transporte público, el sector productivo, la agroindustria y actividades estratégicas.
Asimismo, la Aduana Nacional confirmó que se retiró de manera provisional la subpartida arancelaria correspondiente al diésel, lo que facilitará su importación. La institución, junto a la ANH y otras entidades competentes, tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para adecuar sus procedimientos internos, conforme instruye el decreto.
Paralelamente, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá reglamentar en quince días hábiles el acceso no discriminatorio a la infraestructura energética. Fuentes oficiales señalaron que este reglamento será socializado con transportistas, productores y representantes del sector privado para garantizar transparencia en su aplicación.
Desde el Ejecutivo, el presidente Paz Pereira afirmó que gobernar mediante decretos es una herramienta constitucional válida frente a situaciones excepcionales. “Nuestra prioridad es proteger a la población y asegurar la estabilidad del país”, sostuvo durante un acto público transmitido por medios estatales.







