El Gobierno informó que los costos de los combustibles importados por privados para la venta están calculados en base al tipo de cambio oficial del dólar, y que los mismos incluyen gastos de importación, almacenaje, transporte y utilidades de la comercialización.
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) publicó ayer oficialmente la Resolución Administrativa 0619/2024 en la que determina los precios referenciales de los combustibles importados por privados para su comercialización: $us 1,24 por litro (l) de diésel; $us 1,20 por l de la gasolina RON 85-94; y de $us 1,25 por l de la gasolina mayor a RON 94.
El director de la ANH, Germán Jiménez, informó que este precio referencial incluye costos de importación, almacenaje, transporte y el margen de utilidad por la venta de los combustibles.
“Estos valores ya determinan los costos de importación que se tienen que generar, los costos de almacenaje, los costos de transporte y la utilidad de la comercialización que se genere”, explicó en entrevista.
Sin embargo, refirió que estos valores no constituyen mínimos ni máximos del costo final de venta al consumidor.
El ministro de Hidrocarburos, Alejandro Gallardo, señaló que estos precios se calcularon en base al tipo de cambio oficial del dólar en el país, no obstante explicó que al ser referenciales dependerá del importador el precio final al que quiera comercializarlos.
“Nosotros siempre trabajamos en base al precio oficial. Vale indicar que este es un precio sugerido y referencial. Ya los diferentes importadores que realicen esto, en base a los costos que tengan, tanto el producto, otros costos logísticos y, bueno, también al margen de utilidad que quieran darse, tomando en cuenta también los aspectos impositivos, determinarán el precio al cual quieren comercializar”, dijo en rueda de prensa.
Agregó que, para determinar un costo final por parte del importador de estos combustibles, también influirá la competencia que se genere. “Cada importador tendrá los costos específicos tomando en cuenta quién sea su proveedor, tomando en cuenta los costos logísticos y el punto por el que importa”.
La ANH hará evaluación a los 90 días
La ANH hará una evaluación “minuciosa y extensiva” de la aplicación del reglamento al Decreto 5271, de libre importación y comercialización de diésel y gasolinas por sectores privados, a los 90 días de la vigencia de la Resolución Administrativa 0051/2024 de la ANH, que aprueba este reglamento. Esta normativa fue publicada ayer por el ente regulador.
“La ANH, al cumplirse los 90 días hábiles desde la publicación de la presente resolución administrativa, en el marco de sus atribuciones y funciones establecidas en la normativa vigente, desarrollará una evaluación extensiva y minuciosa respecto a la aplicación y sus efectos conforme los alcances y objeto del reglamento para la importación y comercialización de diésel y gasolinas”, se lee en el tercer punto de la resolución de la ANH.
El reglamento del Decreto 5271 se presentó el miércoles, y en él se implementa una metodología para calcular precios referenciales de los combustibles a importar.
En la ocasión, también se anunció la implementación en el país de ventanillas únicas de importación para la agilización de trámites que exigen la ANH, la Dirección de Sustancias Controladas y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). Las ventanillas inicialmente funcionan en predios de la estatal petrolera, tanto en las ciudades de La Paz y Santa Cruz.
Vía AEP