ESTADO DE EXCEPCIÓN: SENADO APRUEBA NORMA QUE FACILITA DETENCIONES, REDUCE CONTROLES Y EXTIENDE EL PODER DEL EJECUTIVO

Jun 5, 2026

La propuesta enviada a Diputados permite aplicar medidas extraordinarias durante más tiempo, flexibiliza su aprobación legislativa y otorga nuevas atribuciones a las fuerzas de seguridad en escenarios de conflicto interno.

La Cámara de Senadores dio luz verde al Proyecto de Ley PL-505/25 de Estados de Excepción y trasladó la discusión a la Cámara de Diputados. La norma, presentada como una actualización del marco legal vigente, incorpora modificaciones que alteran aspectos centrales de la Ley 1341 de 2020 y amplían el margen de acción del Gobierno durante situaciones consideradas excepcionales.
Entre las modificaciones más importantes figura la ampliación del tiempo durante el cual podrán mantenerse las medidas extraordinarias. Mientras la legislación vigente fija un límite de 60 días, la nueva propuesta extiende ese plazo hasta 90 días. En los hechos, esto permite que restricciones especiales permanezcan activas durante tres meses continuos, con la posibilidad de una ampliación posterior si existe respaldo legislativo.
La iniciativa también incorpora una causal adicional para justificar la declaratoria de estado de excepción. A las amenazas externas, la conmoción interna y los desastres naturales se suma ahora el denominado “peligro para la seguridad del Estado”. El concepto es definido como la protección de la soberanía, el territorio y las instituciones democráticas frente a amenazas internas o externas.
Para sectores sociales y organizaciones que frecuentemente protagonizan movilizaciones, la preocupación radica en la amplitud de esa definición. Al tratarse de un concepto más amplio que los contemplados por la Ley 1341, podría ser utilizado en escenarios de conflictos sociales, protestas prolongadas o bloqueos considerados por las autoridades como una amenaza al funcionamiento del Estado.
La propuesta también modifica la forma en que se adopta la medida. La normativa vigente establece que la declaratoria debe ser aprobada por el Consejo de Ministros mediante Decreto Supremo. El nuevo proyecto elimina esa exigencia específica y señala únicamente que el estado de excepción será declarado mediante Decreto Supremo, suprimiendo una formalidad que hasta ahora obligaba a una decisión conjunta dentro del Ejecutivo.
A ello se suma una reducción de los requisitos de fundamentación. La Ley 1341 exige explicar de manera detallada las razones que justifican la medida, demostrar que las facultades ordinarias resultan insuficientes y precisar la necesidad de las restricciones propuestas. El proyecto aprobado por el Senado simplifica esos requerimientos y deja una formulación más general sobre las razones y acciones adoptadas.
Uno de los aspectos más observados por organizaciones sociales se encuentra en las facultades otorgadas a las fuerzas del orden durante la vigencia del estado de excepción. La propuesta permite que la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas procedan al arresto y traslado de personas que incumplan las restricciones impuestas por la declaratoria.
Aunque el proyecto menciona que esos arrestos no podrán exceder determinadas horas, la disposición representa un cambio respecto a la legislación vigente, que no contemplaba ese tipo de medidas como parte de las sanciones administrativas aplicables durante un estado de excepción.
La norma también incorpora atribuciones relacionadas con la clausura o intervención de establecimientos privados y el secuestro de bienes. Esto significa que actividades económicas, inmuebles, vehículos u otros bienes podrían quedar sujetos a medidas administrativas adoptadas bajo el marco de una declaratoria excepcional.
La participación de las Fuerzas Armadas también adquiere una presencia más relevante. El proyecto establece que la Policía mantendrá el mando principal en las operaciones destinadas a preservar el orden público. Sin embargo, cuando el Ejecutivo considere que la capacidad policial ha sido superada por una situación de conmoción interna, podrá disponer apoyo extraordinario militar.
Otro elemento que genera observaciones es la disposición que establece que las actuaciones realizadas por policías y militares durante el estado de excepción gozarán de presunción de legalidad. Esa figura implica que las acciones desarrolladas por ambas instituciones contarán inicialmente con respaldo jurídico mientras se encuentren enmarcadas en la medida excepcional.
Paralelamente, la propuesta modifica varios mecanismos de fiscalización. La Ley 1341 permite actualmente a la Asamblea Legislativa modificar, limitar, suspender o incluso poner fin anticipadamente al estado de excepción. El nuevo texto elimina esas facultades expresas y reduce el margen de intervención parlamentaria.
Las obligaciones de informar también sufren cambios. La legislación vigente establece reportes periódicos dirigidos a distintas instituciones estatales, entre ellas la Asamblea Legislativa, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado, la Procuraduría General, el Ministerio Público y el Órgano Judicial. El proyecto reduce esa exigencia a un informe durante la vigencia de la medida extraordinaria.
La ratificación legislativa también se vuelve más accesible para el Ejecutivo. Mientras la Ley 1341 exige mayoría absoluta del total de los integrantes de la Asamblea Legislativa Plurinacional, la propuesta aprobada en Senadores establece mayoría absoluta de los legisladores presentes en la sesión. La diferencia reduce la cantidad de votos necesarios para respaldar la declaratoria.
El proyecto también elimina disposiciones que obligaban al Ejecutivo a cumplir determinados plazos bajo sanción de caducidad automática de la medida. Asimismo, reduce varios mecanismos específicos de control sobre la actuación de autoridades, policías y militares previstos en la legislación vigente.

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